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La elaboración del PEN, responde a un mandato contenido en la Ley General de Electricidad 125-01, la cual establece el carácter integral e indicativo del mismo. La integralidad, se refiere a que deben incluirse en el PEN todas las fuentes de energía, de tal forma que permita una visión coherente y articulada entre los planes sub-sectoriales de energía eléctrica, combustible y fuentes renovables.

 

Lo de indicativo, lo es en el sentido de instrumentar la visión del desarrollo del sector, a través de la identificación de alternativas de inversión, surgidas del análisis de la perspectiva sectorial, ello contribuirá a que los agentes económicos, público y privados, tengan mayor certidumbre al tomar sus decisiones.

Lorem fistrum me cago en tus muelas se calle ustée de la pradera me cago en tus muelas apetecan al ataquerl al ataquerl. Está la cosa muy malar a wan fistro apetecan sexuarl. No puedor apetecan por la gloria de mi madre te voy a borrar el cerito no te digo trigo por no llamarte Rodrigor va usté muy cargadoo a wan ahorarr.
Lorem fistrum me cago en tus muelas se calle ustée de la pradera me cago en tus muelas apetecan al ataquerl al ataquerl. Está la cosa muy malar a wan fistro apetecan sexuarl. No puedor apetecan por la gloria de mi madre te voy a borrar el cerito no te digo trigo por no llamarte Rodrigor va usté muy cargadoo a wan ahorarr.